lunes, 7 de noviembre de 2011

¿Por qué no un GENOCIDIO?

Hace poco en una clase de Relaciones Internacionales sufrí impotencia y resentimiento por lo que mis oídos estaban escuchando: "El exterminio de un grupo político no es incluido en la definición de genocidio". 
La ONU, ante la macabra obra de las fuerzas alemanas contra los judíos y otros grupos sociales, debió establecer una convención única y específicamente para determinar los casos de genocidio y qué se debía hacer en esos momentos. Ésta fue la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio dada en 1948 y que estableció:
"se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional étnico, racial o religioso como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por fuerza de niños de un grupo a otro grupo."

Grupo nacional ÉTNICO, RACIAL O RELIGIOSO. No político, la definición no incluía ningún tipo de muertes sistemáticas de miembros de grupos con ideologías políticas. 
Ante este contexto es importante entonces resaltar la situación colombiana: el exterminio de la UP, de líderes liberales, de sindicalistas, y grupos con pensamientos opuestos a la derecha en Colombia no se pueden incluir dentro del término genocidio y por lo tanto no pueden ser juzgados por la CPI, quedando en manos de la justicia colombiana que, cómo lo he hablado anteriormente en otras entradas, es realmente dócil a la hora de juzgar y combatir el crimen organizado de paramilitares y miembros del Estado. 

2 comentarios:

  1. Tomando en cuenta el tema de Colombia, a pesar de que estos actos entre comillas son de lesa humanidad, el Estado es quien debe responder por ese contrato social irrespetado, es por ende que cual quier señalamiento que realice una entidad gubernamental, debe ser afrontada por los altos mandos políticos de la nación, en su efecto el presidente

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  2. att: golpealcorazondelmundo

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